ISIEGAS ABOGADOS: Servicios Jurídicos

Ampliación del plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones

Desde Isiegas Abogados os informamos que de acuerdo con el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril, se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias, de esta manera se amplían hasta el 20 de mayo los plazos de presentación e ingreso de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyo vencimiento se produjera a partir del día 15 de abril y hasta el día 20 de mayo de 2020 para los obligados con volumen de operaciones no superior a 600.000 euros en el año 2019.

En estos casos, la domiciliación bancaria podrá realizarse hasta el 15 de mayo de 2020, inclusive. El cargo en cuenta se efectuará el 20 de mayo de 2020.

Para lo que hayan efectuado las domiciliaciones hasta el 15 de abril de 2020, el cargo en cuenta se realizará el 20 de mayo de 2020.

La ampliación de los plazos de presentación e ingreso no resultará de aplicación:

  • A los grupos fiscales que apliquen el régimen especial de consolidación fiscal regulado en el Capítulo VI del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, con independencia de su importe neto de la cifra de negocios, ni a los grupos de entidades que tributen en el régimen especial de grupos de entidades del Impuesto sobre el Valor Añadido regulado en el Capítulo IX del Título IX de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, con independencia de su volumen de operaciones.
  • A la presentación de declaraciones reguladas por el Reglamento (UE) nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se aprueba el código aduanero de la Unión y o por su normativa de desarrollo.
  • Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril,

por el que se extiende el plazo para la presentación e ingreso de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias.

(BOE, 15-abril-2020) 

Esperamos que esta información pueda resultar de utilidad y recordad que podéis llamarnos a Isiegas Abogados con cualquier duda sobre este u otros temas sin compromiso ninguno al 976 218 220 o mediante un email clicando aquí.

Deja tu comentario