ISIEGAS ABOGADOS: Servicios Jurídicos

1 abril 2020

Unificación de criterios sobre la ejecución del Régimen de custodia y visitas intersemanales

Desde Isiegas Abogados os damos traslado de los acuerdos unificando criterios sobre la ejecución del régimen de custodia y visitas intersemanales y de fines de semana, que han sido tomados por  los Jueces de Familia y de Violencia contra la Mujer de los Juzgados de Zaragoza, a la vista de la situación excepcional, a causa del Covid-19:

  1. En los casos de custodia compartida se deberán efectuar los cambios en las fechas que correspondan arbitrando en su caso la forma en que el menor resulte menos expuesto al coronavirus Covid.19.
  2. Igualmente se mantendrán las visitas de fines de semana en los supuestos de custodia tanto compartida como individual, exista o no pernocta. 
  3. Se suspenden las visitas intersemanales sin pernocta tanto en custodia compartida como individual por suponer una exposición innecesaria para el menor dada su brevedad.   
  4. Las vistitas intersemanales con pernocta deberán llevarse a cabo en sus propios términos.   
  5. Se suspenden las visitas tuteladas en los puntos de encuentro familiar por suponer una excesiva exposición de los menores dado lo reducido de las dimensiones de sus dependencias. 
  6. La copia de la resolución correspondiente será título suficiente para acreditar ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado la necesidad del desplazamiento. 
  7. Finalmente, se pone de manifiesto a los progenitores implicados en estas medidas que la situación excepcional en la que se encuentra el país y que afecta a la Administración de Justicia y a la jurisdicción de familia en particular por su especial naturaleza, no debe servir de excusa ni amparar, (salvo supuestos excepcionales y que en su caso se deberían justificar adecuadamente) el incumplimiento de las medidas establecidas en las resoluciones judiciales. 

 

Como consecuencia de la ampliación de la vigencia del Decreto de Alarma durante 15 días más, hasta el día 11 de abril de 2020, se acuerda efectuar las siguientes precisiones en relación con los acuerdos anteriores que se mantienen añadiendo lo siguiente:

  1.  Se acuerda la suspensión del régimen de visitas vacacionales de Semana Santa al haberse suspendido la actividad académica y el calendario escolar, manteniéndose en consecuencia el régimen de visitas ordinario conforme el acuerdo anterior.
  2. Se acuerda la suspensión del régimen de visitas establecido en resolución judicial a favor de abuelos, en atención a constituir éstos un grupo de riesgo y no someterlos a exposiciones innecesarias.
  3. Se exhorta a no hacer un uso abusivo del art. 158 del Código Civil y art. 10 Código de Derecho Foral Aragonés, al haberse apreciado en las últimas fechas presentación de demandas en las que no concurren circunstancias de excepcional gravedad ni urgencia.
  4. No se dará curso a los escritos de ejecución de visitas y régimen de custodia salvo que se refieran a situaciones que requieran de una decisión inaplazable y siempre teniendo encuentra el interés de los menores.

 

Recordad que podéis llamarnos a Isiegas Abogados con cualquier duda sobre este u otros temas sin compromiso ninguno al 976 218 220 o mediante un email clicando aquí.

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